Los médicos de Atención Primaria del Servicio Extremeño de Salud podrán empezar a prescribir los nuevos fármacos antidiabéticos a partir de mañana, toda vez que ya se ha aprobado el correspondiente visado aplicable para su prescripción, que establece los criterios homogéneos según los cuáles pueden ser recetados por los médicos de familia.

El modelo correspondiente de visado, que entrará en vigor mañana, se puede ver en el portal del SES por parte de los profesionales y recoge la autorización de prescripción de los nuevos antidiabéticos (liraglutida, exanatida, lixisenatida e inhibidores del cotransportador de sodio-glucosa SGLT2) por parte de médicos de Atención Primaria y de Atención Especializada del SES.

Asimismo, el SES está trabajando actualmente en definir visados similares para otro tipo de medicamentos que hasta ahora se están prescribiendo únicamente por parte de los hospitales, puesto que requieren un especial control debido a que su uso no está muy generalizado, como es el caso de los anticoagulantes orales.

Del mismo modo que ha hecho con el visado de antidiabéticos, el SES está trabajando de la mano de los profesionales a la hora de fijar los criterios comunes para que esta prescripción sea posible por parte de la Atención Primaria.

El SES recuerda que a la hora de elaborar estos visados prima, sobre cualquier otra consideración, la máxima seguridad de los pacientes, por tanto, recalca que estas decisiones están supeditadas a la certeza de que se procede siempre con plenas garantías de protección a los usuarios del SNS.

En este sentido, rechaza completamente las críticas vertidas por las tres Sociedades médicas de Atención Primaria (SEMERGEN, semFYC y SEMG) en varias notas emitidas en distintas comunidades autónomas, alertando de una “restricción” de derechos de los profesionales y de una presunta disminución de la calidad asistencial de los pacientes.

El SES subraya que la aprobación de este tipo de visados nada tiene que ver con ahorro de costes y mucho menos con una supuesta desconfianza sobre la capacidad de prescripción de los médicos de Atención Primaria. “Simplemente se trata del cumplimiento de la obligación de la autoridad sanitaria de velar por la salud y por la seguridad de sus pacientes”.