El Gobierno de Extremadura ha convocado las nuevas ayudas para las entidades locales que contraten a desempleados de larga duración que, a diferencia del anterior, en las que se prestará especial atención a los jóvenes, reduciendo el periodo de desempleo requerido en el caso de las personas menores de 30 años.

Así, se da continuidad a este tipo de ayudas que se pusieron por primera vez en 2012 en el marco del Programa Extraordinario para Personas Paradas de Larga Duración, firmado con los agentes sociales y económicos más representativos de la región.

El Ejecutivo regional ha reorientado este programa introduciendo aspectos para el ensayo de garantía juvenil, como se está haciendo con diversas acciones de empleo que dan prioridad a los jóvenes.

En concreto, la nueva normativa de ayudas para la contratación de desempleados por ayuntamientos y entidades locales menores establece que los destinatarios deberán estar inscritos como desempleados durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la presentación de la oferta de empleo; pero en el caso de los menores de 30 años, bastará con haber estado en situación de desempleo durante 180 días en los 12 meses anteriores.

Otra de las novedades es que los Centros de Empleo otorgarán prioridad en la preselección a los desempleados parados de larga duración menores de 30 años.

Los contratos tendrán una duración de 6 meses y se estima que se realicen unas 2.200 contrataciones a través de estas ayudas. 

 ABONO DE LA AYUDA

El sistema de abono de la ayuda será con un primer pago del 50% a la primera contratación, de manera que las entidades reciben la mitad de la subvención casi sin ealizar gasto. Habrá un segundo pago intermedio del 25% y un pago final, al término de la contratación, del 25% restante.

La convocatoria de ayudas cuenta con 12 millones de euros para financiar los costes salariales de las personas contratadas, con un límite máximo de 5.500 euros por puesto de trabajo.

Las entidades podrán efectuar las contrataciones a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que en este último caso la jornada sea igual o superior al 50 por ciento de la jornada pactada en convenio colectivo.

Las personas contratadas percibirán unas retribuciones con arreglo al convenio colectivo y, de no existir dicho convenio, la retribución será de entre 1 y 1,5 veces el salario mínimo interprofesional, según el grupo profesional en que se incluya la categoría profesional correspondiente al puesto de trabajo.

La cuantía máxima a conceder a cada entidad beneficiaria varía en función de los datos de demandantes de empleo y la población en edad laboral.

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOE. La solicitud de acceso a la subvención estará disponible para su cumplimentación del portal de empleo del Gobierno de Extremadura, en la dirección electrónica http://extremaduratrabaja.gobex.es/