El Consejo de Gobierno aprobó un decreto que regula los requisitos y el procedimiento para que los afectados por ejecuciones hipotecarias por orden judicial puedan acceder a una vivienda de promoción pública, según informó el consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación Territorial y Turismo, Víctor del Moral.

Este nuevo decreto, señaló del Moral, flexibiliza las condiciones de acceso de los demandantes al flexibilizar la fórmula que establece los ingresos máximos de renta que podrán tener las familias solicitantes.

Otro de los cambios que se han hecho en la norma implica que no es preciso residir durante los tres años anteriores en la localidad donde está el inmueble, por lo que los demandantes tendrán la posibilidad de recibir la adjudicación en una localidad diferente.

El contrato de alquiler de los adjudicatarios será de tres años, en lugar de cinco, y es prorrogable si persiste la situación de nivel de renta económica.

La normativa tendrá carácter retroactivo, de modo que permite que accedan a una vivienda de promoción pública aquellas familias que han sufrido un desahucio por orden judicial desde el 1 de enero de 2011.

El consejero de Fomento ha manifestado que ya han accedido a una vivienda por estas circunstancias once familias en Extremadura. Del Moral ha añadido que 80 viviendas están totalmente renovadas para poder ser ocupadas por nuevos demandantes.

El consejero ha añadido que desde el 1 de enero se han minorado 337 rentas de alquiler de viviendas de promoción pública, de modo que estas familias no tienen que pagar la renta de alquiler durante dos años, al haberse acogido a esta posibilidad por el cambio de situación económica