El Consorcio Extremeño de Información al Consumidor recuerda que los parados de larga duración y los perceptores de pensiones no contributivas tienen de plazo hasta el próximo 28 de febrero para solicitar la devolución de las cuotas satisfechas por el canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma.

Se trata de un tributo propio de Extremadura, recogido en la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego, cuya finalidad es posibilitar la financiación de las infraestructuras hidráulicas soportadas por la Comunidad Autónoma correspondientes al ciclo integral del agua.

La Ley reconoce el derecho a la devolución de las cuotas satisfechas a los usuarios del agua de las redes de abastecimiento para uso doméstico cuando tengan la consideración de parados de larga duración o sean preceptores de pensiones no contributivas, y siempre que el resto de las personas que habiten en la vivienda no perciban prestaciones de clase alguna.

Podrán solicitar la devolución ante la Consejería de Economía hasta el 28 de febrero, haciendo referencia a las cuotas abonadas el año pasado.

REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN

El derecho a la devolución sólo se reconocerá respecto al consumo de agua que se haya realizado en la vivienda habitual, siempre que ésta sea además la de empadronamiento del sujeto pasivo y la de todas las personas que residan en ella.

La solicitud deberá ir acompañada de un certificado expedido por el Ayuntamiento que acredite el número de personas que habitan en la vivienda; un certificado de los ingresos de todas las personas que habitan en ella; un documento expedido por el SEXPE que acredite la condición de parado de larga duración o, en su caso, acreditativo de la condición de perceptor de una pensión no contributiva. También se debe aportar los justificantes o recibos acreditativos del abono del canon de saneamiento cuya devolución se solicita.

Los modelos de solicitud y más información sobre este tributo se pueden encontrar en la página: http://portaltributario.juntaextremadura.es/PortalTributario/web/guest/canon-de-saneamiento3.