La web oficial de la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro publica ya los detalles de las modificaciones que se han adoptado en en los estaturos que regulan el funcionamiento de la agrupación de localidades, con sede institucional en Valencia de Alcántara.

El ente está integrado por las poblaciones de Carbajo, Cedillo, Herrera de Alcántara, Herreruela, Membrío, Salorino, Santiago de Alcántara y Valencia de Alcántara de la provincia de Cáceres y San Vicente de Alcántara de la provincia de Badajoz.

Como informó Radio Interior, recientemente la Mancomunidad Sierra de San Pedro daba luz verde a determinados cambios en los estatutos para adaptarlos a la normativa vigente. Así, y tras meses de negociaciones entre los representantes de las localidades del ente, en las votaciones para la adopción de aquellos acuerdos que no vengan referidos a la elección de los órganos personales de gobierno y representación de la Mancomunidad, el valor del voto atribuido a cada municipio o entidad local menor participante se establece, según lo dispuesto en el artículo 11. de la Ley 17/2010.

De este modo, Las poblaciones que tengan hasta 500 habitantes tendrán 1 voto, hasta  2.500 habitantes 2 votos y si se superaran los 2.500 habitantes es de 4 votos.

Además, laportaciones de las entidades mancomunadas para los gastos generales de gestión de la Mancomunidad Sierra de San Pedro serán las que fije la Asamblea de la misma y se repartirán el 30% mediante una cuota fija lineal (a distribuir entre el número de municipios y entidades locales mancomunadas) y el 70% restante de forma directamente proporcional al número de habitantes de derecho de cada localidad.