El Ejecutivo ha aprobado un decreto por el que se establece el reglamento del canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma, canon que servirá para financiar los gastos de explotación, conservación y mantenimiento de las instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales.

La Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ha creado el canon de saneamiento como un impuesto propio de carácter indirecto y de naturaleza real, que grava la utilización del agua. Su finalidad es posibilitar la financiación de las infraestructuras hidráulicas de cualquier naturaleza correspondientes al ciclo integral del agua.

La Ley faculta, con una habilitación general, al Gobierno de Extremadura para desarrollar reglamentariamente el citado tributo.
El canon de saneamiento tiene carácter progresivo en los distintos usos, con ello se pretende desincentivar y penalizar los usos que no responden al principio de utilización racional y solidaria, fomentándose así el ahorro del agua, según informa el Gobierno de Extremadura.

Para la aplicación del canon la Ley tiene en cuenta el número de personas por vivienda, introduciendo incrementos en los tramos de consumo que garantizan la equidad en el gravamen. Con la misma finalidad de uso racional y sostenible, el canon de saneamiento sujeta a gravamen las pérdidas de agua que signifiquen un uso ineficiente por las entidades suministradoras de agua de uso urbano.