La Ley de Presupuestos para 2012 de la Comunidad Autónoma extremeña es, junto con la de País Vasco, una de las más transparentes en cuanto a las retribuciones que perciben los miembros de Consejo de Gobierno, altos cargos y asimilados.

La ley determina claramente que los miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos y asimilados no tienen posibilidad alguna de percibir complementos de productividad o carrera y que tampoco pueden recibir asignación alguna por su asistencia o participación en cualquier órgano, incluidos los Consejos de Administración de las empresas públicas.

Los sueldos de altos cargos publicados en la Ley de Presupuestos o en la web institucional extremeña son sueldos reales brutos y no hay posibilidad de que los altos cargos perciban retribuciones por ningún otro concepto, una circunstancia que, en este caso, les diferencia de la mayoría de las cifras que en sueldos se aportan desde otras comunidades autónomas, en las que miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos o asimilados pueden percibir retribuciones por complementos de productividad u otros conceptos.

En éste caso, la percepción de esos complementos está rodeada de gran opacidad y no se hacen públicos al tratarse de resoluciones internas. Consecuentemente, el cuadro elaborado y difundido por la Junta de Andalucía resulta incompleto por no contener todos los conceptos retributivos y además incorrecto respecto de los datos que se ofrecen de algunas comunidades autónomas.

SIN COCHE OFICIAL Y SIN VIVIENDA

A la contundente claridad determinada por la Ley de Presupuestos de 2012 extremeña hay que sumar además el hecho de que los altos cargos no tengan asignados coche oficial o que el presidente del Gobierno de Extremadura mantenga cerrada la residencia oficial y, por tanto, los gastos relativos al mantenimiento y/ o disfrute de ésta se hayan reducido del presupuesto de gastos.

Por último, hay que recordar que el actual Gobierno percibe las mismas retribuciones que recibía el anterior y que sufrió una reducción del 15% para el presidente, consejeros y asimilados y del 8% para secretarios y directores generales, tras la entrada en vigor de la Ley 6/2010 de 23 de junio de Medidas Urgentes y Complementarias para la Reducción del Déficit Público enla Comunidad Autónomade Extremadura.