El Consejo de Gobierno aprobó un decreto que tiene como finalidad establecer las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Plan 3E en materia de formación e incorporación de personal investigador y tecnólogos a los centros de investigación de Extremadura.

El coste de las ayudas a conceder para el ejercicio de 2012 asciende a 1.992.469 euros, que se financiarán con cargo al Fondo Social Europeo y a los presupuestos generales dela Comunidad Autónomade Extremadura.

Concretamente, se establecen líneas de ayudas para la formación de investigadores doctores; formación de tecnólogos; especialización postdoctoral de investigadores; incorporación de doctores a la Universidad y a los centros de investigación de Extremadura; y para la contratación de investigadores altamente cualificados en centros de investigación e institutos universitarios.

El Gobierno de Extremadura considera imprescindible continuar apostando por estos programas que contribuyen al proceso de convergencia en materia de desarrollo y crecimiento empresarial, mediante la puesta en marcha de un nuevo régimen de ayudas destinadas a la formación, incorporación y movilidad de recursos humanos.

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Encargo a GPEX para la implantación de redes de alerta tempranas para planes de protección civil y sistemas de emergencias

El Consejo de Gobierno autorizó el encargo, a la sociedad pública GPEX, de la realización de diversas acciones contenidas en el Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España-Portugal (POCTEP) relativas a la implantación de redes de alerta temprana para planes de protección civil y sistemas de emergencias, con un presupuesto de 121.557 euros.

Los trabajos encomendados en este encargo forman parte de un Proyecto de Cooperación Transfronteriza, cofinanciado al 75% con fondos FEDER, dentro del Programa Operativo Transfronterizo España – Portugal 2007 – 2013 (POCTEP) que trata de conjugar, desde diversos sectores, la prevención en materia de protección civil

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Inicio del procedimiento de enajenación del inmueble de carácter urbano ubicado en Lisboa

El Consejo de Gobierno ha acordado el inicio de la enajenación del inmueble destinado a la actual Oficina de Extremadura en Lisboa, situada en la Avenida Dom Vasco da Gama de Santa María de Belem, previa desafectación del dominio público del bien, realizada por la Presidencia del Gobierno de Extremadura, mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda con fecha 30 de marzo de 2012.

Este inmueble ha dejado de ser necesario para el cumplimiento de los fines para el que se destinaba, ya que la Oficina de Extremadura en Lisboa desarrollará su actividad en dependencias pertenecientes al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en Lisboa merced a un acuerdo entre el citado Ministerio y las oficinas autonómicas en el exterior, que establece la posibilidad de que éstas últimas se incorporen a las chancillerías de las Misiones Diplomáticas, con el objeto de lograr una mejor coordinación de funciones, utilizar más eficazmente los recursos disponibles y eliminar duplicidades.

Acuerdo de no disponibilidad de créditos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2012

El Consejo de Gobierno ha acordado la no disponibilidad de crédito por importe de 1.396.418 euros provenientes de la inmovilización de fondos para gastos de personal asociados a la supresión de puestos de trabajo de personal eventual recogida en el decreto 73/2012.

Esta actuación es consecuencia del compromiso del Gobierno de Extremadura de aplicar una política económica orientada a la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, procurando la eliminación del déficit estructural y la reducción de la deuda pública de la Comunidad Autónoma, cumpliendo con los objetivos exigidos en esta materia a nivel nacional.

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO

Pronunciamiento sobre la tramitación del proyecto de decreto por el que se establece la ordenación y clasificación de las empresas de restauración de la Comunidad Autónoma

El Consejo de Gobierno ha estudiado el proyecto de decreto por el que se establece la ordenación y clasificación de las empresas de restauración dela Comunidad Autónoma.

Es éste un proyecto normativo que nace con la pretensión de simplificar y agilizar los trámites que las empresas realizan con la Administración turística, de ahí que se haya optado por simplificar el régimen de publicidad de precios y por sustituir la exigencia de autorización por la preceptiva declaración responsable, optando por un control a posteriori de la actividad por parte de la Administración.

Pronunciamiento sobre la tramitación del proyecto de decreto por el que se establece la ordenación y clasificación de los alojamientos de turismo rural de la Comunidad Autónoma

Partiendo de la experiencia acumulada, este proyecto de decreto pretende ser un instrumento normativo capaz de ofrecer soluciones adecuadas a las necesidades planteadas por las empresas de alojamiento en el medio rural, un sector que, por méritos propios, ha alcanzado unas cotas de calidad que le permiten competir con garantías en el mercado turístico y que es objeto de una demanda creciente.

Pronunciamiento sobre la tramitación del proyecto de decreto por el que se establece la ordenación y clasificación de los apartamentos turísticos de la Comunidad Autónoma

Este proyecto normativo persigue una nueva regulación más favorable y transparente enmarcada en un ámbito de libertad empresarial compatible con el mantenimiento de los estándares de calidad.

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Vías pecuarias en Tajo-Internacional

El Ejecutivo regional también ha autorizado el encargo a la Empresa Pública Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA) del servicio de apoyo para la redacción de proyectos de puesta en valor de vías pecuarias y acondicionamiento de infraestructuras viarias en Tajo Internacional II, dentro del Programa de Cooperación Transfronteriza España-Portugal 2007/2013.

La Consejería financiará estas actuaciones con 181.412 euros.

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Premios extraordinarios de Bachillerato y Formación Profesional de grado superior y convocatoria para 2011/12

El Consejo de Gobierno aprobó un decreto por el que se establecen las bases reguladoras de los premios extraordinarios de Bachillerato y de Formación Profesional de grado superior enla Comunidad Autónomade Extremadura y se autoriza la convocatoria para el curso académico 2011-2012 con una dotación económica de 25.200 euros

Los premios extraordinarios de Bachillerato tienen por objeto reconocer al alumnado que curse estos estudios con óptimos resultados académicos. La obtención de estos premios faculta para participar en el Premio Nacional de Bachillerato.

De acuerdo con el decreto podrán optar al premio alumnos matriculados en el segundo curso de bachillerato en los centros de la Comunidad Autónomade Extremadura, tanto públicos como privados, en las modalidades de enseñanza presencial o a distancia. En todo caso, el número de premios se establecerá en cada una de las convocatorias que se realicen.

Podrán optar al premio extraordinario los alumnos que hayan superado en la convocatoria ordinaria del curso académico los estudios de bachiller de cualquiera de sus modalidades, en centros docentes de Extremadura, con una nota media en las calificaciones de los dos cursos igual o superior a 8'75 puntos.

Por otra parte, los premios de Formación Profesional de grado superior tienen por objeto reconocer a los alumnos que cursen estos estudios con excelentes resultados académicos. La obtención de estos premios faculta además para optar al Premio Nacional de Formación Profesional de grado superior.

De acuerdo con el decreto, se podrá conceder un premio por cada familia profesional cuyas enseñanzas se impartan enla Comunidad Autónoma.

Como requisito se establece el haber superado en la convocatoria ordinaria del curso académico, en centros de Extremadura, los estudios de formación profesional, incluido el módulo profesional de formación en centros de trabajo, con una calificación final igual o superior a 8'5 puntos.

Modificación del decreto por el que se regulan las asociaciones de madres y padres de alumnos y se crea el registro de estas entidades

También se aprobó el decreto que modifica otro anterior que regula las asociaciones de madres y padres del alumnado (AMPAS) y se crea el registro de estas entidades enla Comunidad Autónomade Extremadura.

El Decreto 111/2010, de 7 de mayo, establece un periodo de tres meses para la inscripción en el registro de asociaciones de madres y padres del alumnado de aquellas asociaciones constituidas con anterioridad a su entrada en vigor e inscritas en el Registro General de Asociaciones dela Comunidad Autónomade Extremadura.

Durante la puesta en marcha del citado registro, se pone de manifiesto que es incompatible con los objetivos que se pretenden el establecimiento de un plazo determinado para que las asociaciones preexistentes se inscribiesen en el nuevo registro, y por ello se elimina la exigencia del plazo para la inscripción.

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL

Decreto por el que se regulan las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad Autónoma

El Consejo de Gobierno aprobó un decreto que tiene como finalidad regular las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, sus instalaciones y servicios, así como establecer el régimen de infracciones y sanciones.

La nueva norma tiene como objetivo proteger la salud de la población ante los riesgos a los que se pueda exponer, derivados del uso de las piscinas de uso colectivo, estableciendo el régimen de vigilancia, control e inspección oficial.

Para la consecución de dicho objetivo, el decreto establece una serie de principios de actuación que constituyen un marco global, al que habrán de ajustarse todos los procedimientos y actuaciones que en materia de piscinas de uso colectivo se desarrollen, y que son, principalmente, fomentar el análisis de riesgo como proceso fundamental para la gestión sanitaria de las piscinas de uso colectivo, e impulsar el ejercicio de las competencias de los responsables de las piscinas de uso colectivo.

También se pretende promover la información al público, entendiéndose la misma como medio de respuesta a sus necesidades y como herramienta para la participación en la protección de su salud, así como orientar el régimen de autorizaciones

La regulación será aplicable a todas las piscinas de uso colectivo de Extremadura, independientemente de la naturaleza, física o jurídica, de su titular o responsable, de su carácter público o privado o de la ausencia o no de ánimo de lucro en su explotación.

Quedan excluidas de su ámbito de aplicación las piscinas unifamiliares; las de las comunidades de vecinos o comunidades de propietarios en las que la superficie de la lámina de agua del vaso sea igual o inferior a 250 metros cuadrados, entendiendo como tal la suma de la superficie de todos los vasos existentes; las de aguas termales o mineromedicinales; y las aguas de baño, que se regularán por la normativa vigente.