El Diario Oficial de Extremadura ha publicado una resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería que declara establecida en la Comunidad Autónoma la enfermedad conocida como "fuego bacteriano de las rosáceas", la enfermedad más grave de las que afectan a los frutales de pepita y a otras rosáceas ornamentales.

Esta resolución supone, en la práctica, la simplificación de las medidas que deben adoptar los propietarios de plantas afectadas por la bacteria Erwinia amylovora, y que una vez que se ha demostrado que no es posible su erradicación se va a trabajar en su contención.

Esta enfermedad, que no afecta a los frutales de hueso, se detectó por primera vez en España en 1995 en Guipúzcoa, y desde entonces se ha ido extendiendo a casi todas las comunidades, aunque en la mayoría de las regiones su presencia se limitó a puntos muy concretos y a árboles aislados.

En el caso de Extremadura la epidemiología del "fuego bacteriano de las rosáceas" fue diferente. Se detectó en 2009 y apareció súbitamente en muchas parcelas de diferentes localidades, y dentro de cada plantación tuvo un efecto intenso, lo que obligó a llevar a cabo arranques totales.

Ante esta situación Extremadura se declaró "Zona Protegida" ante esta enfermedad y durante 2009 y 2010 se aplicaron las medidas fitosanitarias obligatorias previstas en el Real Decreto 1201/1999, consistentes en el arranque y destrucción de las plantas infectadas y de su entorno. Pero a pesar de las medidas ejecutadas, de las inspecciones visuales y de las tomas de muestras realizadas, los datos de 2011 indican que el enfermedad del "fuego bacteriano" se ha propagado por toda la comunidad.

En total, en esos dos años se arrancaron unas 450 hectáreas de peral y membrillero, y los productores afectados por esas medidas de arranque recibieron 3.650.000 euros en concepto de indemnizaciones.

Una vez que se ha constatado que no es posible la erradicación de la enfermedad, la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía ha optado por trabajar en su contención y se ha declarado a Extremadura como zona con esta enfermedad establecida, tal y como ya ocurre con la mayor parte de los países de Europa y también en Castilla y León.

El abandono del estatus de Zona Protegida y la declaración de enfermedad establecida simplifican las medidas que deben adoptar los propietarios cuando detecten los síntomas de la bacteria. Pueden elegir entre el arranque y destrucción inmediata de la planta afectada o bien la extirpación y destrucción únicamente de la parte afectada con un corte realizado 40 centímetros por debajo de los síntomas visibles. Además. Los propietarios deben realizar el tratamiento fitosanitario autorizado en todas las plantas de la parcela.

Se recomienda seguir las indicaciones del Boletín de Avisos Fitosanitarios y utilizar en las nuevas plantaciones de frutal de pepita material vegetal procedente de viveros autorizados, y acompañada del pasaporte fitosanitario que garantiza que esa planta ha sido inspeccionada y analizada para esta enfermedad.