El Hospital Psiquiátrico de Plasencia cumple con lo establecido por la Ley Antitabaco en lo que se refiere a los lugares y circunstancias en que los internos de este centro pueden fumar, es decir, en los patios al aire libre de las dependencias y/o en las salas habilitadas para ello.

En este centro, dependiente del Servicio de Autonomía a la Promoción y Atención a la Dependencia (SEPAD), funcionan tres unidades: de breve, de media y larga estancia. Sólo está permitido fumar en la de larga estancia, que acoge a los enfermos crónicos.

El paciente al que la entidad privada Asociación del Defensor del Paciente se refiere en la información publicada está en la unidad de Estancia Breve. No obstante, dadas sus circunstancias, el Hospital Psiquiátrico placentino le permite fumar siempre y cuando no moleste al resto de internos o a los profesionales que trabajan en estas dependencias.

En este caso, como en otros, los responsables del centro, dependiendo de la situación clínica del paciente, manejan con la flexibilidad necesaria el consumo de tabaco, para la que se ha habilitado una sala interna para fumar