El Consejo de Gobierno ha autorizado a la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural a la firma de un protocolo general con el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), en el que se sientan las bases y el marco de cooperación para la aplicación de la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural en la región extremeña. 

La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, en representación del resto de los departamentos de la Junta de Extremadura, será la encargada de suscribir este protocolo, que contiene el modo en el que se han definido los órganos de gobernanza para la aplicación y seguimiento de la Ley.

En la región se han concretado dos órganos: el Comité Autonómico de Desarrollo Rural encargado de coordinar, entre las distintas Consejerías, las actuaciones en materia de desarrollo rural que se lleven a cabo en el territorio extremeño en el contexto de la citada ley y el Consejo Extremeño de Desarrollo Rural, como órgano de participación, información y consulta, en el que tendrán cabida los agentes implicados en el desarrollo rural tales como Mancomunidades, Grupos de Acción Local, Organizaciones Profesionales Agrarias, entre otros.

Asimismo, el protocolo también recoge las doce zonas rurales en las que se ha dividido el territorio extremeño para la aplicación de la Ley, cada una de las cuales contará con un programa específico de actuaciones.

De hecho, la firma de este protocolo, que se materializará en breve, será la que posibilite suscribir el oportuno convenio entre la Junta de Extremadura y el MARM para formalizar el primer Programa de Desarrollo Sostenible 2010-2015 en nuestra región. Dicho Programa será el que recoja los planes de las doce zonas rurales, en cuyo contenido se está trabajando actualmente y que podrá estar listo antes de que finalice este año.

El protocolo general también recoge en su texto las previsiones financieras para la puesta en marcha de las actuaciones enmarcadas en la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural. En total, se han cifrado en 173,94 millones de euros el presupuesto que podrá destinarse para el programa hasta el 2015 y que, no obstante, se materializará en la firma del posterior convenio.

Para facilitar el intercambio de información y fomentar la cooperación y coordinación para la concertación de los planes de zonas, el protocolo marca el establecimiento de una comisión de seguimiento, integrada por el Ministerio y la Junta de Extremadura.

Las doce zonas rurales que se han definido en Extremadura para la aplicación de la Ley son:
-Las Hurdes, Sierra de Gata, Trasierra-Tierras de Granadilla y Valle de Ambroz.
-Valle de Alagón, Rivera de Fresnedosa y Riberos del Tajo.
-La Vera y Valle del Jerte.
-Tajo Salor y Sierra de San Pedro.
-Las Villuercas-Ibores-Jara y Campo Arañuelo.
-Comarca de Trujillo, Sierra de Montánchez y Zona Centro.
-Lácara Sur y Municipios Centro.
-La Serena-Vegas Altas y Guadiana.
-La Serena y Siberia.
-Río Bodión, Tierra de Barros-Matachel y Tierra de Barros.
-Lácara-Los Baldíos, Comarca de Olivenza y Sierra Suroeste.
-Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena y Turística de Tentudía.

De estas zonas, el 70% del territorio extremeño se ha incluido como zona rural prioritaria para la aplicación de la Ley, lo que se traduce en que las actuaciones contempladas en ella darán la máxima cobertura que prevé la normativa a 275 municipios de Extremadura repartidos en más de 30.028 km² y más de 436.649 habitantes.