El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se regula el procedimiento de adhesión de empresas, que libremente así lo decidan, al Plan de Reducción Voluntaria de Accidentes de Trabajo (Plan PREVEA Extremadura) y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas y agentes sociales que participen en dicho plan.

El Plan PREVEA Extremadura va dirigido a las empresas con altos niveles de accidentalidad laboral y que quieran reducirla mediante la aplicación de un programa sistemático basado en un análisis de los accidentes sucedidos y sus causas.

Los objetivos de este Plan PREVEA son conseguir la implicación de las empresas para que se reduzca el número de accidentes y la gravedad de los mismos, lograr que la empresa adopte una actitud proactiva, permanente y participativa frente a la reducción de accidentes y proporcionar una herramienta a los actores implicados (empresas, servicios de prevención, mutuas, agentes sociales y administraciones públicas) para que incrementen la eficacia en al consecución de la reducción de la siniestralidad laboral.

El Plan PREVEA Extremadura consiste en un sistema de ayuda de asesoramiento y apoyo que se basa en tres pilares básicos: compromiso, voluntariedad y participación.

Las subvenciones dirigidas a las empresas estarán dedicadas a financiar la elaboración y confección del programa inicial de situación, los informes periódicos y el informe de cierre, así como las inversiones realizas para la reducción de la accidentalidad en las empresas. En lo que respecta a los agentes sociales, recibirán ayudas para la contratación de técnicos de prevención para el asesoramiento de empresas adheridas al Plan PREVEA y a los agentes de los trabajadores.

Las empresas que puedan acogerse a los beneficios de este plan serán las que tengan domicilio social y fiscal en Extremadura y cuyo Índice de Incidencia supere en un 50 por ciento al de la media del ramo al que pertenezcan. También podrán beneficiarse las empresas que hayan superado los 10 o más accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo y que estén incluidas en la base de datos elaborada por la Dirección General de Trabajo.

Además, las citadas empresas deberán disponer de organización preventiva, haber llevado a cabo evaluación de riesgos en los centros de trabajo de la empresa, contar con el apoyo expreso, por escrito, de sus trabajadores o sus representantes, entre otros requisitos.