El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cáceres ha desestimado, por sentencia número 89/10, de 25 de marzo, el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Moraleja contra los acuerdos adoptados por el Consejo de la Mancomunidad de Sierra de Gata, con fecha 9 de octubre de 2009, en los que se acordó la separación del citado ayuntamiento del órgano supracomarcal y el inicio de acciones judiciales contra el mismo. Aunque, en una primera instancia el juzgado dio la razón al ayuntamiento el pasado mes de diciembre anulando el acuerdo plenario de Sierra de Gata, y tras el recurso de la mancomunidad, ahora con esta sentencia se consideran válidos los acuerdos adoptados en aquella sesión.

Esta sentencia es la respuesta al recurso interpuesto por la Mancomunidad de Municipios de Sierra de Gata, a mediados del pasado mes de diciembre, contra la decisión del juzgado que suspendió los acuerdos del pleno comarcal en el que se expulsó al municipio moralejano.

Según informa la Oficina de Prensa del PSOE Provincial de Cáceres, el fallo de la sentencia desestima la resolución recurrida, sin hacer expresa declaración de las costas causadas y afirma que contra la resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de quince días, previa constitución de depósito de 50 euros.

ANTECEDENTES 

El Ayuntamiento de Moraleja interpuso recurso contencioso-administrativo, a través del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, contra los acuerdos adoptados por el pleno de la Mancomunidad Sierra de Gata, al considerar, según se expresa en los fundamentos de derecho, que los acuerdos recurridos vulneraban el artículo 23 de la Constitución por no motivarse la convocatoria de la sesión extraordinaria, no acompañarse los borradores de la sesión anterior, no notificarse la convocatoria en el domicilio de representante del ayuntamiento, no haber transcurrido más de dos días hábiles desde la convocatoria, no haber sido incluidos los asuntos en el orden del día previamente informados por la comisión informativa y por no haber puesto a disposición de los convocados la documentación de los asuntos.

En diciembre, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres anuló el acuerdo del 9 de octubre del 2009 dando la razón al consistorio moralejano. La justificación del juez es que esa decisión podría causar graves daños a los vecinos. Entonces, Alfonso Beltrán, presentó un recurso al auto dictado por el juzgado cacereño.

Ahora la sentencia da por probado y según la doctrina jurisprudencial, que "no resulta el incumplimiento del plazo mínimo de dos días hábiles que exige la legislación, pues es un hecho acreditado que la convocatoria tuvo entrada en el ayuntamiento, mediante fax, a las 16.56 horas del día 6 de octubre, asunto no cuestionado, sino únicamente que del mismo tuvo conocimiento la alcaldesa a las 13:00 horas del día 7, lo que no supone el incumplimiento del plazo legal examinado, así como el hecho de no haberse practicado la notificación en el domicilio del representante del ayuntamiento supone la ineficacia de la misma, pues es a la corporación a la que debe notificarse y no a quien actúa en su representación.

Respecto de no haber sido informados de los asuntos a tratar, se trata de una cuestión de legalidad ordinaria, "excluida del conocimiento del procedimiento"; y en cuanto a la falta de motivación de la convocatoria de la sesión extraordinaria, "hay que entender, según la sentencia, que este requisito de especial motivación únicamente es exigible en los supuestos de convocatorias extraordinarias urgentes", según la sentencia.

Por otro lado, según la decisión del juzgaado, tampoco se privó al ayuntamiento de la documentación relativa de los asuntos a debatir (toma de posesión del nuevo representante del ayuntamiento), puesto que la documentación relativa a este punto fue facilitada por el propio ayuntamiento, según acta de su sesión de 4 de julio de 2009, por el que se le nombró. El acta de la sesión anterior, cuya aprobación constituía el segundo punto del orden del día, tuvo entrada en el registro del ayuntamiento el 18 de agosto, según la certificación aportada en los autos; y en cuanto a los puntos tercero y cuarto (separación del Ayuntamiento de Moraleja de la Mancomunidad y aprobación del inicio de acciones judiciales contra el citado ayuntamiento), en la demanda no se especifica qué documentación relativa a esos puntos no se puso a disposición del ayuntamiento recurrente o se denegó su entrega o exhibición.

Finalmente, la alegación del recurrente respecto a la vulneración del principio de igualdad, al existir otros ayuntamientos que tienen deudas con la misma, la sentencia afirma "que no se ha acreditado la identidad de situaciones" y la deuda de Moraleja con la Mancomunidad es muy superior a la de otros ayuntamientos, y no consta además, que estos ayuntamientos hayan contratado un servicio de limpieza alternativo, como hizo el ayuntamiento de Moraleja,  ni que ante la reclamación del pago de la deuda considerase que existían causas suficientes para no abonar la cantidad adeudada, según escrito del propio ayuntamiento.

VALORACIÓN

Sobre este asunto se ha pronunciado el presidente de la Mancomunidad de Municipios de Sierra de Gata, Alfonso Beltrán, quien hace una valoración positiva de la sentencia, asegurando que la razón sólo tiene un camino. Aún así, manifiesta que el Ayuntamiento de Moraleja tiene la posibilidad de recurrir, por lo que prevé que se convierta en un procedimiento de larga duración. Al finalizar éste, afirma, la Mancomunidad iniciará un procedimiento para reclamar al Ayuntamiento 260.000 euros de la deuda que asegura tener, así como los daños y perjuicios.

Beltrán, no obstante, deja las puertas abiertas a una futura incoroporación del Ayuntamiento de Moraleja a la mancomunidad, al considerar que la situación que se está viviendo es un hecho puntual y que las aguas volverán finalmente a su cauce.

La alcaldesa de Moraleja, Concepción González, indica que el consistorio ya ha hecho efectiva la reclamación pertinente, ya que desde el equipo de Gobierno consideran que el juez no ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas. González insiste en que, de todas formas, todavía no se ha entrado en el fondo de la cuestión, como es la problemática surgida por la recogida de la basura, un asunto dice, que ya están preparando los servicios jurídicos del ayuntamiento.

La alcaldesa moralejana agradece la invitación de Alfonso Beltrán para volver a la mancomunidad pero asegura que esta invitación debe hacer  personalmente al equipo de Gobierno y no en los medios de comunicación. González manifiesta que aunque ella siempre pretenda tener una relación cordial con el presidente de la mancomunidad, seguirá defendiendo los asuntos municipales de Moraleja.

OTROS PROCEDIMIENTOS

Los acuerdos del pleno de la Mancomunidad de Sierra de Gata que conllevaron la expulsión de Moraleja de la comarca no es el único tema en el que se verán en los juzgados los representantes de ambas administraciones.

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Moraleja siguen trabajando en el inicio de nuevos procedimientos judiciales, según confirmó hoy mismo la alcaldesa, Concepción González. La dirigente local recordó que el municipio demandará a la entidad por los "daños y perjuicios" ocasionados a los vecinos de la localidad tras la suspensión del servicio de recogida de basuras. Asimismo también se anunciaba un procedimiento judicial desde el organismo local pro la decisión de la mancomunidad de trasladar los módulos de la Casa de Oficios de Moraleja a Cilleros y discriminar a su vez a los ciudadanos de la población que estaban interesados de beneficiarse del proyecto de formación.