Un total de 60 extremeños han expresado de forma anticipada sus voluntades, es decir, han establecido su "testamento vital" en caso de una una situación de terminalidad sobrevenida por la evolución de una enfermedad o por cualquier otro problema que comprometa la vida,

   Así, 60 personas han hecho uso de esta posibilidad desde que la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Dependencia, reguló el derecho reconocido por Ley de que los ciudadanos puedan expresar de forma anticipada sus voluntades.

   El director general de Gestión del Conocimiento, José María Vergeles Blanca, manifestó que el ejercicio de este derecho en Extremadura "se va consolidando entre nuestros ciudadanos y son cada vez más los que lo han ejercido".

   Según destaca la Junta de Extremadura, el Gobierno regional ya indicó su voluntad de regular lo que ha denominado Expresión Anticipada de Voluntades, que se conoce también como Instrucciones Previas o Testamento Vital. Esta voluntad la confirmó al publicar la Ley de Información y Autonomía del Paciente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

REGISTRO NACIONAL

   Posteriormente, explica que el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de un Real Decreto, reguló el derecho de esta expresión y la inclusión de estos documentos dentro de un Registro Nacional, con lo que se asegura su utilización en todo el Sistema Nacional de Salud.

   En palabras de Vergeles, "este Registro Nacional es la suma de todos los Registros Autonómicos", por lo que cualquier documento de expresión anticipada de voluntades que se registre en Extremadura queda registrado de forma automática en el Registro Nacional.

   De esta forma, el derecho se asegura "en todo el territorio nacional, independientemente de dónde o en qué centro sanitario pueda producirse la eventualidad que lleve al uso del documento que se ha registrado por parte de los médicos que atiendan al paciente", explicó Vergeles.

   La idea de la Junta de Extremadura ha sido trabajar siempre para que el derecho que conlleva el expresar de forma anticipada las voluntades, estuviese asegurado en todo el territorio nacional. Y, además, que cualquier ciudadano tuviera el registro abierto 24 horas al día los 365 días al año, con el objeto de la utilización del documento por el personal facultativo y por parte del ciudadano para poder expresar su voluntad, cancelar la expresión anterior o modificarla en cualquier momento.

   Este trabajo ha conllevado la coordinación de varios departamentos de la Junta de Extremadura. La utilización del teléfono y el sistema de emergencias 112 y su conexión con el registro que se creó en la Consejería de Sanidad y Dependencia son "dos hechos fundamentales que aseguran el pleno derecho en el sentido expresado".

   Así cualquier ciudadano entregará o enviará la documentación en el registro y se incluirá en el Registro Autonómico de Expresión Anticipada de Voluntades. Una vez incluido en este registro, la Consejería de Sanidad y Dependencia comunicará la existencia y la disponibilidad al resto del territorio nacional a través de medios informáticos, con la consiguiente inscripción en el Registro Nacional.

   De tal forma, explicó Vergeles que, ante una situación de terminalidad del paciente, este documento de expresión anticipada de voluntades "puede ser adecuadamente usado en cualquier parte del Sistema Nacional de Salud". El Centro de Urgencias y Emergencias 112 está conectado de forma segura al registro y puede utilizar el documento del ciudadano en cualquier situación, incluida las emergencias médicas y la atención fuera de cualquiera de los centros sanitarios existentes en la Comunidad Autónoma.

   De la misma forma, el ciudadano que ya haya expresado su voluntad a través de un documento y quiera revocarla o modificarla lo puede hacer, con este procedimiento, a cualquier hora del día y de la noche.

   Con este Decreto, la Junta de Extremadura "vuelve a poner de manifiesto la regulación de derechos en el ámbito de la Sanidad que son conocidos como de tercera generación y que sin duda alguna redunda en la calidad sanitaria", destacó el director general.

FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA

   Explica la Junta que para que un ciudadano inscriba un documento dentro del registro de expresión anticipada de voluntades "será necesario que esa expresión haya sido libre y voluntaria por personas mayores de edad y con plena capacidad legal de obrar".

   El documento debe firmarse ante notario o tres testigos, y que estos últimos, al menos dos de ellos, no tengan lazos de consanguineidad con el que expresa su voluntad. Situaciones que recoge la Ley de Información Sanitaria y Autonomía del Paciente.

   El documento se puede entregar en la sede del propio registro o en los Centros Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Para hacer la entrega existe un modelo de solicitud y debe ir acompañado de la documentación acreditativa personal del interesado o del representante legal con una autorización. En el plazo máximo de 5 días estará inscrito en el registro y se podrá hacer uso de él.

   En el documento pueden expresarse las voluntades del ciudadano en determinadas situaciones sanitarias identificadas sobre la utilización de distintos tratamientos ante situaciones de terminalidad, también el deseo de donación de órganos. En definitiva, se expresan las situaciones sanitarias en las que se deben aplicar las voluntades que expresa.

   Vergeles recordó que los ciudadanos interesados pueden obtener más información en la página de la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura (http://www.juntaex.es/) y en el Portal Salud 24 horas (http://www.saludextremadura.com/).