Los ayuntamientos, las mancomunidades y las agrupaciones de municipios pueden presentar desde hoy y hasta el 24 de enero las solicitudes de financiación de los proyectos susceptibles de ser costeados con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local de 8.000 millones de euros, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 28 de noviembre.

Las solicitudes se pueden realizar a través de una aplicación informática a la que se puede acceder desde la página web del Ministerio de Administraciones Públicas, www.map.es.

Las solicitudes solo podrán ser formalizadas por los alcaldes o los secretarios de los ayuntamientos y, en el caso de las mancomunidades de municipios, por el presidente, el secretario o quien ostente la función de representación según los estatutos que las regulan. Cuando se trate de agrupaciones de municipios, la presentación corresponderá al alcalde o secretario del consistorio designado responsable del cumplimiento de los requisitos sobre adjudicación y justificación de las obras financiadas

Según recoge la resolución, para acceder a la aplicación informática se requerirá estar en posesión del Documento Nacional de Identidad Electrónica (DNIe) o de un certificado digital reconocido de persona física o jurídica, a fin de asegurar la identidad del solicitante. En la página web del Ministerio está disponible la información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario.

Las peticiones irán dirigidas por vía electrónica a la subdelegación del Gobierno de la provincia a la que pertenezca cada ayuntamiento o, en el caso de las comunidades autónomas uniprovinciales, a la delegación del Gobierno correspondiente. Estas verificarán, en el plazo máximo de 10 días, que las obras proyectadas pueden ser financiadas por el fondo.

Posteriormente, el secretario de Estado de Cooperación Territorial, en el plazo máximo de los diez días siguientes, dictará la resolución de autorización para la financiación de cada uno de los proyectos que cumplan las condiciones establecidas por este Real Decreto Ley. Esta autorización será publicada en la web de Administraciones Públicas.

Los ayuntamientos, mancomunidades y agrupaciones de municipios deberán comenzar la licitación de las obras antes de que transcurra el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la resolución en la web del Ministerio. A continuación, tienen para la adjudicación provisional de los correspondientes contratos un plazo máximo de 20 días naturales, contados desde que finalice el plazo de presentación de proposiciones si para la adjudicación se sigue un procedimiento abierto, restringido o negociado con publicidad, y desde que se soliciten ofertas si el procedimiento es negociado sin publicidad. El plazo para elevar a definitiva la adjudicación provisional será de 5 días hábiles.

Las inversiones deberán realizarse a lo largo de 2009, debiendo estar finalizadas antes del 31 de diciembre de ese año.