La Comisión de Cultura del Ayuntamiento de Badajoz, que se reúne hoy, abordará el borrador del Reglamento de Honores y Distinciones de la muy noble y muy leal ciudad de Badajoz con el que pretende definir y regular todas las distinciones que concede el consistorio pacense a quienes, siendo badajocenses o no, destaquen por actividades que contribuyan al "prestigio de la ciudad o redunden en su beneficio".

El ayuntamiento pacense ya concede los títulos de Hijo Predilecto o Hijo Adoptivo de Badajoz, así como existe la figura del Cronista Oficial de la Ciudad, que hasta ahora se nombraban a propuesta de la alcaldía, consensuada con los grupos y ratificada por el pleno, pero aprovechando la redacción de este reglamento, el equipo de gobierno ha incluido nuevas distinciones como son la Medalla de la Ciudad, la Medalla de Agradecimiento de la Ciudad de Badajoz y los títulos de Miembro Honorario de la Corporación y de Vecino Distinguido de la Ciudad, además de organizar los procedimientos para todos estos nombramientos.

La Medalla de la Ciudad se instaura para reconocer los servicios "de carácter excepcional" prestados a la ciudad o ensalzar los méritos logrados desde el punto de vista profesional, cultural o artístico. Por su parte, la Medalla de Agradecimiento de la Ciudad de Badajoz tiene como fin agradecer a personas o entidades que con motivo de "calamidades públicas" hayan realizado "esfuerzos y sacrificios notorios". Otra distinción novedosa es la de Miembro Honorario de la Corporación, que se concederá en la categoría de alcalde o concejal, que no podrán intervenir en el gobierno municipal, aunque sí podrán serles encomendadas funciones de representación. Por último, la distinción de Vecino Honorario de Badajoz se reserva para aquellos que destaquen por su "solidaridad, abnegación, sacrificio y entrega a sus vecinos en situaciones extraordinarias".

En cuanto al nombramiento del Cronista Oficial, que ya existe en Badajoz (en estos momentos es Alberto González), como novedad permite que podrá haber hasta tres cronistas simultáneamente.

Como norma general, según establece el borrador, los honores y distinciones podrán concederse a personas físicas (vivas o fallecidas) o jurídicas, con la salvedad de que no se otorgarán a quienes ostenten "altos cargos o responsabilidades en la Administración Pública o la política al menos hasta dos años después de haber cesado en ellos".

También se prevé la posibilidad de que los galardonados pierdan el título si "mantuvieron de manera pública, notoria y reiterada actitudes o conductas contrarias a las que justificaron la concesión de una distinción, o por cualquier otra circunstancia resultaran en desdoro de la ciudad de Badajoz".

El reglamento también regula el procedimiento para la nominación de calles y espacios públicos, que podrá realizarse a iniciativa del propio ayuntamiento o a instancia de instituciones, asociaciones o entidades, aunque nunca por particulares a título individual que sean familiares, amigos o allegados del beneficiario. Como curiosidad, se establece que "salvo casos excepcionales" nunca se pondrá el nombre de personas vivas. Las iniciativas que no partan del ayuntamiento deben llegar respaldadas por un mínimo de 300 firmas acreditadas.