El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Navalmoral de la Mata ha absuelto de una falta de coacciones a los 18 activistas de Greenpeace que se encadenaron el 24 de mayo a las puertas de la Central Nuclear de Almaraz para reclamar el cierre de la planta.

Según la sentencia, "los hechos probados no son constitutivos de infracción penal" y "en la práctica de la prueba no quedó evidenciado que fueran los denunciados los que llevaron a cabo los hechos". Este juzgado ya había dictado auto de sobreseimiento provisional cuando la central nuclear intentó que se juzgara la causa como un delito de coacciones, pero la denunciante recurrió, primero en reforma y después en apelación, y la Audiencia Provincial de Cáceres determinó la celebración del juicio de faltas.

El fallo, dado a conocer ayer, destaca las contradicciones del Jefe de Seguridad Física de la Central Nuclear de Almaraz, Domingo Martín Sánchez, quien según la sentencia no supo responder a "preguntas clave", como el número de accesos que hay a la planta. La sentencia indica que primero aseguró que sólo existe uno, luego que se habilitaron más puertas, y finalmente manifestó que hay tres.

Su declaración fue "poco creible, evasiva y con inconcreciones continuadas", según el texto de la sentencia, que también pone de manifiesto el hecho de que en el acto del juicio no se solicitara la declaración testifical de los agentes de la Guardia Civil que instruyeron el atestado y que, supuestamente, identificaron a los 18 activistas denunciados.

"Ha de considerarse que el atestado tiene el mero valor de denuncia si no es ratificado en el acto del juicio por los agentes instructores", explica el fallo judicial, que ahora queda en manos de la central nuclear, que dispone de cinco días para presentar recurso de apelación.