La Junta de Extremadura ha aprobado definitivamente la modificación puntual número 6 de las normas subsidiarias de Majadas de Tiétar, lo que permitirá la modificación de los usos del suelo permitidos en suelo no urbanizable y la recalificación de dos zonas de suelo no urbanizable de grado 3, que pasa a ser considerado como suelo no urbanizable de grado 1.

La Dirección de Urbanismo y Ordenación del Territorio elaboró un informe tras la petición formulada por el Ayuntamiento de Majadas de Tiétar dejando el asunto en manos de la Comisión de Urbanismo.

Hay que tener en cuenta que Majadas de Tiétar no dispone de normas subsidiarias de planeamiento municipal adaptadas u homologadas a la ordenación estructural de la Ley del Suelo y, por tanto, hasta que esta homologación se produzca, la competencia de aprobación definitiva es competencia de este órgano de la Junta de Extremadura.

Contra la resolución de la Junta de Extremadura, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa, aunque sí recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses.